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martes, 8 de diciembre de 2015

CONCEJOS ASTURIANOS: CONCEJO DE EL FRANCO

Edad Moderna.
En el siglo XIV, la comarca continúa bajo el régimen de la obispalía, hasta que a finales del siglo XVI, el concejo se suma al proceso desamortizador iniciado por Felipe II. Este rey, necesitado de ingresos para paliar los gastos ocasionados por las guerras de religión procede a la apropiación y enajenación de los bienes eclesiásticos. Así por Bula de 14 de marzo de 1579, Felipe II, necesitado de ingresos, amplia la autorización de la Breve cum Acceperimus que inicialmente afectó a los monasterios asturianos y a la Orden de Santiago, haciéndola extensiva al resto de los bienes eclesiásticos, obteniendo así, el privilegio de vender o incorporar a la Corona varios señoríos eclesiásticos, y en concreto «apartaba de la iglesia y vendía perpetuamente villas, lugares, fortalezas, jurisdicciones, vasallos, montes, bosques, prados, cuantos bienes y rentas temporales pertenecían a iglesias catedrales metropolitanas, colegiales, parroquiales, monasterios, cabildos, conventos, dignidades, hospitales y otros lugares píos». Los hombres de negocio del rey anticiparon cantidades que luego pretendieron hacer efectivo sobre los derechos jurisdiccionales que los obispos ovetenses ostentaban en el occidente asturiano, en muchos casos los vecinos proceden a la redención directamente mediante la compra de los derechos jurisdiccionales en otros por el contrario impugnan las ventas o ejercitan el derecho de tanteo sobre dichos derechos.
El concejo de El Franco no se benefició inicialmente del proceso de redención, y no es sino cuando acuciados ante la situación de verse sometidos la arbitrariedad de la jurisdicción de los nuevos señores, se procede a ejercer el derecho de tanteo sobre dichos derechos jurisdiccionales. En el caso de El Franco, que en este caso se intitula de Suero, se comisionó a don Diego García de Valdepares, por las parroquías de Miudes, San Juan de Prendonés, Mohíces, Valdepares y el Santa María del Monte (hoy perteneciente al concejo de Tapia) para proceder a la redención de las cantidades adelantadas por los hombres de negocios del Rey. El documento o cédula conocido como asiento real, fechado el 13 de marzo de 1583 y que encabeza las ordenanzas del concejo, señala como Alonso de Camino había vendido la villa de Suero é feligresías.... a cuenta de lo que se le debía del asiento del medio general, tomada con él y con los demás hombres de negocios de Flandes a Álvaro Florez de Quiñones, obteniendo el citado Diego García de Valdepares del Rey Felipe II carta de redención en la que se separaba la villa de Suero y feligresías de la dignidad obispal, incorporándose a la su corona y patrimonio real, mediante la cantidad que pareciere justa, y obteniendo así una serie de mercedes o privilegios con varias condiciones que son otros tantos fueros o privilegios del Concejo.
La carta de redención, está fechada el 22 de septiembre de 1583, siendo la cantidad satisfecha por los 117 vecinos del concejo de dos millones doscientos veinticinco mil ochocientos siete maravedíes (2.225.807,5 mrs.) como resulta del expediente abierto Alonso de Camino como consecuencia de dichas ventas y conservado en el Archivo General de Simancas, (CJH, Ig. 252). Esto supuso un esfuerzo realmente considerable para los vecinos quienes obtuvieron mediante empréstitos diversos y la constitución de los cotos de Boimouro y de Sueiro de Arriba dependientes del Marqués de Santa Cruz y del Villar respectivamente. También, atendidos los bienes que la sede episcopal tenía en el concejo, y como consecuencia de la negativa a pagar del cabildo y de los sucesivos requerimiento que se le dirigieron, se acuerda el 17 de junio de 1.591 por el Alcalde Mayor hacer efectivo dichos pagos a costa de que le correspondía pagar al cobrador de las rentas Alonso Méndez de San Julián llevador de sus rentas. La posesión del concejo se verificó en el año 1584 ante don Pedro Galván, Escribano de número vecino de la villa de Cebreros, siendo ejecutor don Juan de Grijalba, por comisión de los señores del Real, quedando efectivamente constituido el concejo con jurisdicción propia y llevándose a efecto la redacción de las primeras ordenanzas, cuyo contenido exacto se desconoce, siendo las que nos han llegado de 1699.
El concejo se integró dentro de la Junta General del Principado bajo la dependencia del Castropol, con quien concurría al nombramiento de representantes y del que se encuentra agregado conforme nos indica el Catastro de la Ensenada en cuanto a rentas, alcabalas, millones y demás.

Citas Célebres:
 “Nada es tan difícil que intentándolo a fondo no pueda conseguirse"
"El éxito es un gran desodorante. Te quita todos los malos olores de tu pasado."
"La derrota tiene algo positivo, nunca es definitiva. En cambio la victoria tiene algo negativo, jamás es definitiva."
"Cuanto más quiero terminar algo, menos le llamo trabajo.”
"Disfruta las cosas pequeñas de la vida, porque un día verás atrás y te darás cuenta que eran las grandes"
"La vida es como un campo de minas, que debes caminar con un paso a la vez, pero con imaginación. Una vez que cierras tu imaginación y das un paso equivocado, ocurre la explosión.”
"El mármol aún no tallado puede poseer la forma de todo pensamiento que el más grande de los artistas tenga".
"Todo crecimiento depende de la actividad. No hay crecimiento física o intelectualmente sin esfuerzo, y esfuerzo significa trabajo. El trabajo no es una maldición, es la prerrogativa de la inteligencia, el único camino hacia el valor, y la medida de la civilización".
"En algún momento la vida se ve completamente absurda. Pero vista por un periodo de tiempo, parece revelarse a si misma como un organismo existente en el tiempo, que tiene un propósito, tiende en una cierta dirección".


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